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Vigilancia de la salud

Vigilancia de la salud

La salud de las personas que trabajan es un activo fundamental para todas las organizaciones empresariales y para la sociedad en su conjunto, y protegerla es el principal objetivo de la especialidad de la medicina del trabajo dentro del campo de la prevención de riesgos laborales.
 
Esa actividad preventiva ha de garantizarse por la Generalitat a través del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Propio. Por ello, una de las principales obligaciones legales en este sentido es "garantizar a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo" de conformidad con los artículos 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y del artículo 37 del RD 39/1997 que desarrolla el Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
 
La vigilancia y control del estado de la salud consiste en estudiar, con detenimiento y a intervalos periódicos, el estado de salud de los trabajadores y las trabajadoras para detectar y evaluar, lo antes posible, signos o síntomas de enfermedades o patologías relacionadas con factores asociados al trabajo, con el objetivo de poder adoptar las medidas correctoras o preventivas necesarias para evitar o minimizar los riesgos de carácter físico o psíquicos en las personas trabajadoras.
 
En relación a la promoción de la salud en las empresas, la actividad sanitaria se centra en llevar a cabo actividades individuales y/o colectivas relacionadas con hábitos saludables tanto de vida como laborales, con el objetivo de poder llevar a cabo actividades de concienciación tendentes a la promoción de la salud en las personas trabajadoras.